miércoles, 22 de septiembre de 2010

En un vacío legal

El artículo 19 de la ley anti tabaco reza: 
"Prohíbase el consumo de Productos de Tabaco, en los lugares señalados en el presente artículo.

En las áreas cerradas de los lugares de trabajo y/o de los lugares públicos, tales como: Bares, restaurantes, centros comerciales, tiendas, ferias, festivales, parques, estadios, cafeterías, discotecas, cibercafés, hoteles, ferias, pubs, casinos, zonas comunales y áreas de espera, donde se realicen eventos de manera masiva, entre otras.

  1. Las entidades de salud.
  2. Las instituciones de educación formal y no formal, en todos sus niveles.
  3. Museos y bibliotecas.
  4. Los establecimientos donde se atienden a menores de edad.
  5. Los medios de transporte de servicio público, oficial, escolar, mixto y privado.
  6. Entidades públicas y privadas destinadas para cualquier tipo de actividad industrial,      comercial o de servicios, incluidas sus áreas de atención al público y salas de espera.
  7. Áreas en donde el consumo de productos de tabaco generen un alto riesgo de combustión por la presencia de materiales inflamables, tal como estaciones de gasolina, sitios de almacenamiento de combustibles o materiales explosivos o similares.
  8. Espacios deportivos y culturales.


Parágrafo. Las autoridades sanitarias vigilarán el cumplimiento de este artículo, en coordinación con las autoridades de policía y demás autoridades de control."


Analizando este artículo llego a la conclusión  de que en teoría en las universidades no se debería vender tabaco, y tampoco estar permitido el consumo del mismo, pues en estos recintos existe un alto número de estudiantes que no han cumplido la mayoría de edad. ¿Entonces, qué está pasando con la ley anti tabaco?, ¿Está siendo ignorada para beneficio de unos?


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